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El nuevo sistema de cotización para autónomos y la reforma de la ley concursal ya son una realidad. El Congreso validó ambas normas junto con el plan de ahorro energético. Repasamos los cambios más importantes:
Nuevo sistema de cotización para autónomos
Que nuevo sistema de cotización por renta real para los autónomos se aprobó el 26 de julio en el Consejo de Ministros tras meses de negociaciones entre el Gobierno, los representantes sociales y los principales representantes de los autónomos.
El decreto obtuvo 260 votos a favor, 64 en contra y 25 abstenciones y será tramitado como proyecto de urgencia con 348 votos a favor, 1 en contra y ninguna abstención.
15 secciones y más protección
A finales de julio, el Consejo de Ministros aprobó el nuevo sistema de cotización basado en la renta real para los trabajadores autónomos, que Período transitorio de nueve años hasta 2032 y se aplicará a partir de enero de 2023con 15 tramos de cuota que van desde los 230 euros hasta los 500 euros y que varían hasta 2025 en función de los ingresos netos de los autónomos.
El Departamento, la Asociación de Trabajadores por Cuenta Propia (ATA), la Unión de Profesionales y Trabajadores por Cuenta Propia (UPTA) y la Unión de Asociaciones de Trabajadores por Cuenta Propia y Empresarios (Uatae) acordaron un sistema de 15 tramos para 2023 , 2024 y 2025.
Los autónomos tienen la oportunidad de cambiar de tramo cada dos meses, con un total de seis cambios al año, con el fin de ajustar su cotización a las previsiones de ingresos de cada temporada y su actividad profesional.
En el nuevo modelo también se integrará la tarifa plana del anterior RETA, pero se denominará reducida para los autónomos que inicien su actividad laboral y será de 80 euros mensuales para todos los nuevos autónomos durante doce meses.
A partir de entonces, esta cuota reducida sólo se ampliará para los autónomos que no hayan fijado sus ingresos y se mantengan por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). De lo contrario, se cobrará la tarifa correspondiente a su clase de contribución de acuerdo con sus ingresos netos.
Asimismo, el nuevo sistema de contribución a la renta real amplía los beneficios para el grupo al incorporar mecanismos RED sectoriales y cíclicos, y ya no será necesario cerrar completamente la empresa para acceder a los beneficios, como señaló el ministro.
Puntajes y reseñas
El ministro de Integración, Seguridad Social e Migraciones, José Luis Escrivá, ha defendido que la reforma del Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) introducirá un sistema de cotización «más justo, flexible y equitativo» para los autónomos .
Desde el PSOE confirman que el nuevo sistema de cotización se corresponde con las recomendaciones del Pacto de Toledo y los compromisos adquiridos con Bruselas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Mientras tanto, desde el PP reiteran que este es «el punto de partida para seguir mejorando». Otros partidos son más críticos con la normativa, como Bildu, que cree que «no resuelve algunos de los problemas de fondo». Desde Vox lo consideran «un atentado a la libertad de los autónomos» y acusan al Gobierno de querer aumentar la recaudación por esta vía e «ir a la caza de autónomos».
La reforma concursal está a punto de entrar en vigor
El Pleno del Congreso revocó las enmiendas presentadas por el Senado a la reforma de la ley de quiebras, que ya están disponibles tras sus votaciones más recientes listo para entrar en vigor tan pronto como se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Como con cualquier iniciativa legislativa, cualquier enmienda presentada por el Senado debe ser aprobada por el Congreso. En aquella ocasión, y con los votos del PSOE, Unidas Podemos, PNV y EH-Bildu, la Cámara Baja rechazó todas las enmiendas aprobadas por la Cámara Alta. Algunos de los cambios que contemplaban introducen la figura del mediador concursal para emitir determinados informes durante el concurso, permitir la notificación de la apertura de negociaciones para microempresas por medios distintos a los electrónicos, o permitir que la retribución del experto en reestructuración corra a cargo de el que propone.
Un procedimiento especial más limitado y con más garantías
La reforma adoptada pretende agilizar y promover los procedimientos concursales y ofrecer alternativas a la liquidación de empresas, así como una mayor uso de instrumentos de segunda oportunidad y armonización de requisitos con el resto de la Unión Europea mediante la implementación de una directiva comunitaria.
Además de convertir los concursos en un único procedimiento, el de los planes de reestructuración, e introducir la figura pionera del experto en reestructuración, se fijan duraciones máximas de 12 meses desde la apertura de la primera fase y la conclusión de la quinta fase, cuando la duración media actual es de entre cuatro y cinco años, y un plazo de dos meses para resolver los recursos en las audiencias provinciales.
Finalmente, el procedimiento especial para pymes ha reducido su umbral a las empresas que no alcancen una facturación de 700.000 euros, un pasivo de 350.000 euros o menos de 10 empleados. Asimismo, se ha revocado el nombramiento de abogado y procurador por las dudas en él expresadas sobre los derechos de defensa y tutela judicial efectiva, y se ha aplazado la entrada en vigor de este mecanismo.
Mejoras de segunda oportunidad
En cuanto a la segunda oportunidad la desgravación prevista en el proyecto de hasta 1.000 euros para el erario público y otros 1.000 euros para la seguridad social asciende a 10.000 euros para las personas físicas. Según estimaciones presentadas en el debate en base a datos del Consejo General del Poder Judicial, este nivel de exención permitirá eximir totalmente a más del 90% de los deudores.
También se extinguirá la vinculación del crédito público a planes de reestructuración, continuidad o apertura de empresa, restringiéndose el ejercicio de los bienes y derechos necesarios para la continuación del empleo y la actividad por deudas con Hacienda y Seguridad Social. En este sentido, la aprobación y homologación de los planes de continuación no requieren aprobación siempre que las reducciones en la gestión no superen el 15%.
Asimismo, se puede solicitar al erario público el aplazamiento y pago fraccionado en periodo voluntario sin obligación de aportar garantía de hasta 30.000 euros. También se han acotado las exenciones, permitiendo a determinados deudores acceder a una exención de su deuda impaga e incluso a reducciones del crédito público tras una condena o sanción penal.
Organizaciones para rescates de empresas por parte de los trabajadores
También se facilita el rescate de empresas en competencia por parte de sus trabajadores establecidos en una sociedad cooperativa, de capital riesgo o laboral. cuya oferta tiene prioridad sobre otra oferta del mismo alcance. Finalmente, se permite la capitalización de sus aportes, lo que significa que pueden utilizar como capital las correspondientes prestaciones por desempleo.