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El cheque de 200 euros para trabajadores por cuenta ajena, autónomos y desempleadoscontenidas en el Real Decreto-ley recientemente aprobado por el Gobierno para paliar las consecuencias económicas de la guerra en Ucrania, Se puede solicitar a partir del 8 de julio.
Así lo ha anunciado la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, durante su participación en el curso de verano “Next Generation EU: Un impulso histórico para la sociedad española y el futuro de Europa”, organizado por la Universidad Complutense de Madrid, el Real Centro Universitario Escorial – María Cristina de San Lorenzo de El Escorial.
Plazo de solicitud de la ayuda de 200 euros
El Gobierno prevé destinar 540 millones a esta ayuda de 200 euros que consistirá en un pago único y el ejecutivo espera que se beneficien 2,7 millones de personas. El plazo está abierto del 8 de julio al 30/09 a partir de 2022.
Transcurrido un plazo de tres meses desde la fecha límite de presentación del formulario sin pago, la solicitud podrá considerarse desestimada. Contra este despido presunto cabe la acción de nulidad y la acción económico administrativa, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Código General Tributario.
“A partir de mañana, en la web de la Agencia Tributaria, podrán reclamar los 200 euros que se les abonarán a partir de septiembre de este año, para que antes del 31 de diciembre, 2,7 millones de personas puedan recibir ayudas imprescindibles ante la situación que está relacionada con la guerra”. ”, explicó Montero.
Cómo solicitar la ayuda de 200 euros
la solicitud esDebe presentarse en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria mediante la cumplimentación de un formulario electrónicoen el que debe figurar la cuenta bancaria a la que se va a realizar el pago.
Requisitos para recibir la ayuda de 200 euros
Los beneficiarios deben residir en para recibir esta asistencia. Hogares en los que los ingresos totales de los socios en 2021 sean inferiores a 14.000 euros y cuyos bienes menos su lugar de residencia habitual no superen los 43.196,40 euros.
El cálculo de los ingresos y bienes se realiza de forma conjunta, teniendo en cuenta a todas las personas que convivan con el beneficiario en el mismo domicilio a 1 de enero de 2022 y estén vinculadas al menos a dos personas por matrimonio o relación amorosa correspondiente a los años de relación conyugal. por adelantado o por parentesco hasta el tercer grado, incluidos los parientes, con cualquiera de los anteriores, así como con otras personas con las que alguno de los anteriores conviva bajo tutela con fines de adopción o guarda permanente.
Los beneficiarios deben ser residentes legales y reales de España en la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley, a partir del 27 de junio, y de forma continua e ininterrumpida, al menos, durante el año inmediatamente anterior.
incompatibilidades
Quedan excluidos de esta ayuda quienes ya la están recibiendo Recibir ingresos mínimos de subsistencia o pensiones el régimen general y los sistemas especiales de seguridad social o el sistema estatal de clases pasivas.
Para estos colectivos, el Real Decreto-ley ya prevé medidas específicas, como la ampliación del 15% de incremento del ingreso mínimo imprescindible o de las pensiones no contributivas, lo que supone incrementos anuales superiores a 200 euros. Y en el caso de las pensiones contributivas, el Estado garantiza incrementos acordes a la inflación para que no haya pérdida de poder adquisitivo.