El nuevo valor de referencia del catastro, la base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD), aumenta la tributación de las ventas de segunda mano por encima de su valor justo de mercado en un 17,11% de la media nacional. Así lo refleja un estudio de la Federación Nacional de Asociaciones Inmobiliarias (FAI) sobre el impacto de este nuevo sistema de calificación, que entró en vigor en enero de 2022.
Como se desprende de la información recopilada por la FAI, el 76,11% de las agencias inmobiliarias encuestadas intervinieron en ventas cuyo valor de referencia de mercado del catastro fue superior al valor real de transmisión en escrituras y que el aumento en el 19,05% de estas.
Desde la Federación Nacional de Asociaciones Inmobiliarias señalan que este nuevo sistema supone una injusta y nueva «carga fiscal» para los compradores y otra carga económica para el comprador desalentado o puede detener algunas ventasespecialmente entre las personas que buscan adquirir su primera vivienda habitual y en el complejo contexto económico actual caracterizado por una inflación en máximos históricos.
Asimismo, la FAI insiste en que lo que ya se ha calificado como un impuesto “catástrofe”, que rige desde el 1 de enero, no se ha ajustado a los parámetros reales del mercado desde entonces. no tiene en cuenta, entre otras cosas, el estado de reforma o la distribución interior de las viviendas.
Además, señalan desde la FAI que el hecho de que Hacienda haya trasladado la carga de la prueba al contribuyente para acreditar el valor de los bienes adquiridos, si no están de acuerdo, podría interpretarse en el sentido de que se cuestiona la veracidad de la fe pública notarial cuando vender mercados que representan la mayoría y, por lo tanto, podría considerarse una práctica confiscatoria e inconstitucional, como han advertido algunos expertos.
En este contexto, la asociación reclama que se revise el nuevo sistema de valoración catastral para adaptarlo mejor a la realidad del mercado y que no prevalezca sobre el valor de transmisión en los contratos de compraventa.
Por otro lado, la FAI mira esto El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un impuesto que se repite con cada transmisión por venta y debe quedar exenta en el caso de una primera vivienda habitual no lujosa para favorecer la emancipación y el acceso a la vivienda en propiedad.